Antes de crear negocio es importante conocer las distintas opciones jurídicas que se ajustan mejor a las necesidades de cada caso. Las dos formas jurídicas más comunes en España son los autónomos y las sociedades limitadas.
Una SL es un tipo de sociedad mercantil en el que la responsabilidad de los socios está limitada al capital social aportado. Aunque a priori, la sociedad limitada (SL) tiene más ventajas tributarias, también genera mayores costes económicos. Por otro lado, gestionar la contabilidad del autónomo resulta bastante sencillo, pero lidiar con su sistema impositivo puede llegar a ser algo desmoralizador.
La principal diferencia es que el autónomo tributa por el IRPF, mientras que la SL lo hace por el impuesto de sociedades. Actualmente, el tipo general de este impuesto se mantiene en un 25% sobre la base imponible y, para las nuevas sociedades, se aplica un tipo reducido del 15% durante dos años. Sin embargo, en el caso del impuesto sobre la renta (IRPF) la tributación es progresiva y depende del nivel de ingresos.
Hay ciertas pautas y razones que ayudan a determinar la forma jurídica más adecuada para constituir que tipo de sociedad se adecua mejor a las necesidades de cada caso. Las razones principales a tener en cuenta son:
Responsabilidad: La principal desventaja del empresario individual respecto a la S.L. es su responsabilidad ilimitada, ya que responde con su patrimonio personal por las deudas frente a terceros, mientras que la SL, como su nombre indica, es de responsabilidad limitada y por tanto sólo responde con el patrimonio de la sociedad.
Constitución de la empresa: los trámites y costes de constitución como autónomo son muchos más baratos y sencillos que los de una S.L. y el proceso es mucho más rápido.
Aportación económica: la creación de una exige aportar un capital social de 3.000 euros, mientras que como autónomo no es necesaria ninguna aportación
Impuestos: el autónomo tributa por el IRPF, que es un impuesto progresivo, de manera que con grandes beneficios el tipo a aplicar es mayor que en el caso del impuesto de sociedades, que es un impuesto con tipos fijos, en concreto del 25%.
Acceso a financiación bancaria: las sociedades limitadas tienen en principio una mayor facilidad para acceder a créditos bancarios, aunque en ambos casos al final lo que es fundamental es el aval o garantía.
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