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Nuevas medidas en el ámbito empresarial

Actualizado: 22 feb 2021

Nuevas medidas en el ámbito empresarial anunciadas y publicadas en el BOE a día de hoy, son:


Ayudas en Financiación

¿Cómo funciona la moratoria de 6 meses de cuotas de autónomos?

La Moratoria de seis meses, sin intereses en el pago de las cuotas de autónomos y Seguridad Social, en el caso de empresas será para los meses de abril a junio y en el caso de los autónomos de mayo a julio.

Se puede solicitar el aplazamiento de las cuotas de autónomos de abril a junio y las cuotas de Seguridad Social de marzo (a pagar en abril) a mayo.

Se deberá solicitar antes del día 10 del mes que corresponda y devengará un interés del 0,5% anual.



¿Cómo se solicita? ¿Plazos?

Las solicitudes para acogerse a la moratoria se tienen que realizar telemáticamente, en un plazo de diez días, Desde el inicio del mes de devengo de los Seguros Sociales o cuotas de autónomos.


¿Cuáles son los requisitos?

Los requisitos para la solicitud de la moratoria se detallarán en una Orden Ministerial pendiente de publicación.


¿Se pueden acoger las empresas que hayan presentado un ERTES?

No, la moratoria no es aplicable a las empresas en situación de ERTEs.


En Resumen:

Autónomos:

Mes de abril: posibilidad de pedir aplazamiento, con interés del 0,5%. Deberá solicitarse antes del día 10 de abril.


Meses de mayo a julio: posibilidad de pedir moratoria de seis meses. Deberá presentarse antes del día 10 de cada mes.


Empresas:

Mes de marzo (a pagar en abril): posibilidad de pedir aplazamiento, con interés del 0,5% Deberá solicitarse antes del día 10 de abril


Meses de abril a junio: posibilidad de pedir moratoria de seis meses. Deberá presentarse antes del día 10 de cada mes.


En cualquier caso, el solicitante deberá estar al corriente de pago con la Seguridad Social.


IMPORTANTE: Os informaremos en cuanto sea publicada la Orden Ministerial que desarrolla el procedimiento para la solicitud


Otras medidas de otros ámbitos aprobadas son:


Suspensión de desahucios para hogares vulnerables y la prórroga extraordinaria en los contratos de arrendamiento de vivienda habitual.


Aplazamiento o reducción de las cuotas de alquiler de personas en situación de vulnerabilidad económica, en caso de que el propietario sea una empresa o entidad pública o gran tenedor (más de 10 inmuebles)


Apertura de un programa de Ayudas al alquiler para inquilinos en situación de vulnerabilidad.



Moratoria de deuda hipotecaria tanto para la vivienda habitual como para autónomos, empresarios o profesionales respecto a los inmuebles afectos a su actividad económica.


Ampliación del colectivo al que es aplicable el bono social para determinados suministros.


Aprobación de un subsidio extraordinario para las empleadas de hogar.


Posibilidad de disponer de planes de pensiones en caso de personas afectadas económicamente por la situación actual (por encontrarse en ERTE, autónomos obligados al cierre del local o que hubiesen cesado su actividad, etc.)


Aprobación de un subsidio de desempleo para personas trabajadoras cuyo contrato finalice después del Estado de Alarma y no tenga derecho a prestación por desempleo.


Si desea recibir más información contáctenos:

Nkn Consulting S.L

932097124

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