La nueva Ley de Autónomos incluye algunas nuevas regulaciones que establecen que un trabajador por cuenta propia puede contratar de forma indefinida a su cónyuge, su hermano o su propio hijo o incluso a otros parientes de segundo grado de consanguinidad, tendrá una bonificación del 100% de la cuota empresarial por contingencias comunes durante un año.
Para poder beneficiarse de esta bonificación, el trabajador autónomo contratante no debe haber extinguido contratos por despidos improcedentes o por despidos colectivos que no se hayan ajustado a Derecho durante los doce meses anteriores.
El autónomo contratante tendrá que mantener el nivel de empleo durante los seis meses posteriores desde la realización del contrato. No se tendrán en cuenta los despidos que sean disciplinarios o los despidos colectivos ajustados a Derecho.
Deducción de Gastos del Hogar
Por otro lado los autónomos que en su hogar disponen de un espacio que destinan como su oficina podrán deducirse gastos de su casa mediante una nueva fórmula para calcular el porcentaje. Sin embargo las cantidades que podrán deducirse son mucho menores de las esperadas. El porcentaje del 30% se aplica a la parte proporcional de la vivienda que, en la práctica, se destine a las tareas laborales. La norma contempla que si se ha declarado en el censo fiscal una proporción del 30% sobre una superficie de 100 metros cuadrados, el porcentaje a aplicar será del 30% sobre 30 metros; en la práctica apenas un 9%.
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Puede consultar la nueva ley del autónomo en http://www.boe.es/buscar/doc.php?id=BOE-A-2017-12207
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