Antes de empezar y a modo de resumen, el Nuevo Permiso Retribuido consiste en :
· La obligación de pagar las nóminas y los costes de Seguridad Social para las empresas afectadas durante el período del permiso
· La recuperación de las horas no trabajadas antes de 31 de diciembre, de común acuerdo entre el empresario y los trabajadores. Deberá negociarse antes de siete días.
Guía de preguntas y Respuestas:
¿En que consiste el permiso retribuido recuperable?
El permiso retribuido prorrogable consiste en unas vacaciones forzosas, en las que todos los trabajadores que se encuentren realizando tareas no esenciales, según el Real Decreto del 29 de Marzo, no deben acudir a sus puestos de trabajo físicos y deben permanecer en sus casas.
¿Que duración tiene?
Desde hoy lunes 30 de marzo, hasta el día 9 de abril, que es cuando deben volverse a incorporar a su trabajo.
¿Que trabajadores deben acogerse al permiso retribuido recuperable?
Deben acogerse todos los trabajadores que no se encuentren en el listado de trabajadores esenciales publicado en el Real Decreto del 29 de Marzo.
¿Si estoy teletrabajando debo parar y acogerme al permiso retribuido?
No, los trabajadores que se encuentren teletrabajando pueden seguir trabajando y no se deben acoger al permiso, pues la medida se ha realizado con el fin de evitar más contagios en los puestos de trabajo y/o desplazamientos, y los trabajadores que se encuentren teletrabajando en sus casas ya están confinados.
¿Si estoy teletrabajando, o de baja por incapacidad temporal o en un ERTE me afectará el permiso ?
No, el permiso no se aplicará a los trabajadores afectados por ERTE, ni a los trabajadores que se encuentren en la modalidad de teletrabajo que ya no acuden al trabajo. Ni en el caso de bajas por incapacidad laboral, ni en trabajadores acogidos al permiso de maternidad o paternidad
¿Cómo se recuperan las horas de trabajo?
Las horas del permiso retribuido se deberán recuperar antes de final de año. No computan como vacaciones obligadas, es una bolsa de horas que tendrán que recuperarse y no a costa de tiempo de vacaciones. El empresario y trabajador tendrán que buscar la fórmula.
Se deja un "un amplio margen" para que empresas y trabajadores puedan llegar a acuerdos.
Deberá negociarse en un plazo máximo de 7 días y el acuerdo que se alcance regulará la recuperación de todas o de parte de las horas de trabajo y recogerá el preaviso mínimo para los empleados, así como el plazo en el que se recuperará. Si no hay acuerdo, la empresa notificará la decisión.
Las horas no podrá suponer el incumplimiento de los periodos mínimos de descanso diario (12 horas entre jornada y jornada) ni semanal (1,5 días) ni la superación de la jornada máxima anual prevista en el convenio colectivo que sea de aplicación.
También deberán respetarse los derechos de conciliación de la vida personal, laboral y familiar.
La fecha tope para recuperar esos 8 días laborales es el 31 de diciembre de este año y se deberán respetar los límites que establece el Estatuto de los Trabajadores.
¿Cómo se si tengo que ir a trabajar?
Según el sindicato de Inspectores de Trabajo y Seguridad Social, cada empresa debe estudiar si está en uno de los supuestos y deberá informar al trabajador de que se encuentra en esta situación de permiso retribuido recuperable sin perjuicio de que luego la empresa pueda optar por otra medida como un ERTE.
¿Qué pasa si la empresa ya tiene en marcha un ERTE?
El permiso no se aplicará a los trabajadores afectados por ERTE, que ya no acuden al trabajo.
¿Qué pasa si estoy en reducción de jornada?
En los casos de reducción de jornada, se tendrá que dar ahora un permiso retribuido recuperable, por la parte proporcional que se siguiera trabajando .
¿Se cobra el mismo salario por esas dos semanas? ¿Las empresas tienen algún ahorro en las cotizaciones?
Sí, los trabajadores quedan exonerados de prestar sus servicios, pero siguen cobrando su salario por la totalidad de la jornada habitual y todos los conceptos retributivos. Y las empresas deben seguir pagando todas las cotizaciones que les corresponden.
Nuestro consejo
En el caso de que se pueda seguir llevando a cabo la actividad de un modo físico en las instalaciones de la empresa, seria importante facilitar a los trabajadores una documento que especifique la actividad laboral de la empresa y la relación del trabajador y que refleje que se pertenece al listado de actividades especiales
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